EPIS
La Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales indica que el empresario tiene el deber de aplicar las medidas de acción preventivas necesarias para proteger a los trabajadores frente a los riesgos laborales existentes.
Por otro lado, el Real Decreto 39/1997, establece la obligación de adoptar las medidas necesarias para que los equipos de trabajo que puedan sufrir deterioros que generen situaciones peligrosas, estén sujetos a comprobaciones de carácter periódico efectuadas por personal competente y documentadas.
La norma UNE 795:2012 establece un protocolo de actuación para la revisión de dispositivos de anclaje, entre ellos las líneas de vida.
La norma UNE 365 relativa a equipos de protección anticaídas recoge la obligación del fabricante de ofrecer las instrucciones necesarias para realizar revisiones periódicas, que deben ser hechas por una persona competente y que esta puede necesitar haber sido formada por el fabricante.
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